TSA dispone reponer más funcionarios desvinculados del servicio exterior

Por Ramón Mercedes NUEVA YORK.- En un período de cinco meses el Tribunal Superior Administrativo (TSA) ha evacuado múltiples sentencias, res...


Por Ramón Mercedes


NUEVA YORK.- En un período de cinco meses el Tribunal Superior Administrativo (TSA) ha evacuado múltiples sentencias, respondiendo entre otras, varias demandas de exfuncionarios desvinculados del servicio exterior, muchos de ellos prestando servicios en el consulado dominicano en esta ciudad.

Así lo manifestó el abogado Tamayo Tejada durante una entrevista telefónica, declarando que entre los recién reintegrados figuran los ex vicecónsules en NY, Rafael Rodríguez (Sentencia No. 0030-1642-2022-SSEN-00119; Víctor Acosta (Sentencia No. 0030-1642-2022. SSEN-00056); y David Cordero (Sentencia No. 0030-1647-2021-SSEN-00426).

 

A todos deben pagarles los sueldos atrasados desde su desvinculación, el doble de navidad, vacaciones, y ponerlo en su misma función o una similar a la que tenía, entre otros beneficios.

 

Asimismo, los casos de los también vicecónsules en NY Jeovanny Rodríguez (Sentencia No. 0030-02-2022. SSEN-00082); Nelson M. Pimentel, José Jiménez Reyes (Sentencia No. 0030-1645-2022. SSEN-00042) e Hilario Taveras Díaz (Sentencia No. 0030-2021-CA-00053); fueron inadmisibles por tardío. A este último le concedieron el pago de salarios atrasados.

 

Mientras que Arismendy González fue reintegrado como segundo secretario de la embajada de Guatemala (Sentencia No. 030-1643-2021-SSEN-00664) con todos los beneficios; y a Miguel Suriel, como Primer Secretario de la embajada dominicana en Costa Rica, solo con el pago de algunos salarios (Sentencia No. 0030-04-2022. SSEN-00146).

 

También a Mariano García, segundo secretario de la embajada dominicana en Portugal, reconociéndolo el TSA como un funcionario de estatus simplificado, y en base al artículo 60 de la ley 41-08 de Función Pública ordena el pago de un salario por cada año que duró en el servicio, pero no ordena su reposición. (Sentencia No. 0030-1642- 2021-SSEN-00574).

 

En cada caso, tanto los demandantes como los demandados, disponen de 15 días para recurrir en “revisión”, por ante este mismo Tribunal y 30 días para recurrir en Casación ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ).

 

Por su parte, Tejada, ex consultor jurídico del consulado de RD en NY, ha señalado como buen precedente el que se haga justicia con los desvinculados del servicio exterior, y que ha sometido 30 casos similares, muchos se han ventilado en diferentes Cámaras y algunos han sido declinados.

El abogado es un experto en reclamos laborales, inmigración, demandas en particiones de herencia, accidentes vehiculares e inversiones inmobiliarias -compras y ventas de propiedades, entre otros casos, con bufete en la calle Pina #107, esquina Beller, Suite #201, Ciudad Nueva, con E-Mail: tejadatamayo@gmail.com y teléfonos 809-692-5107 y 849-360-7614.

El artículo 139 de la Constitución de la RD establece que los Tribunales son los encargados de controlar la legalidad en los actos de la Administración Pública, y al TSA ser un órgano jurisdiccional miembro del Poder Judicial del país es parte del Estado Dominicano, por lo cual es su deber velar por la protección efectiva de los derechos de la persona.NUEVA YORK.- En un período de cinco meses el Tribunal Superior Administrativo (TSA) ha evacuado múltiples sentencias, respondiendo entre otras, varias demandas de exfuncionarios desvinculados del servicio exterior, muchos de ellos prestando servicios en el consulado dominicano en esta ciudad.

Así lo manifestó el abogado Tamayo Tejada durante una entrevista telefónica, declarando que entre los recién reintegrados figuran los ex vicecónsules en NY, Rafael Rodríguez (Sentencia No. 0030-1642-2022-SSEN-00119; Víctor Acosta (Sentencia No. 0030-1642-2022. SSEN-00056); y David Cordero (Sentencia No. 0030-1647-2021-SSEN-00426).

 

A todos deben pagarles los sueldos atrasados desde su desvinculación, el doble de navidad, vacaciones, y ponerlo en su misma función o una similar a la que tenía, entre otros beneficios.

 

Asimismo, los casos de los también vicecónsules en NY Jeovanny Rodríguez (Sentencia No. 0030-02-2022. SSEN-00082); Nelson M. Pimentel, José Jiménez Reyes (Sentencia No. 0030-1645-2022. SSEN-00042) e Hilario Taveras Díaz (Sentencia No. 0030-2021-CA-00053); fueron inadmisibles por tardío. A este último le concedieron el pago de salarios atrasados.

 

Mientras que Arismendy González fue reintegrado como segundo secretario de la embajada de Guatemala (Sentencia No. 030-1643-2021-SSEN-00664) con todos los beneficios; y a Miguel Suriel, como Primer Secretario de la embajada dominicana en Costa Rica, solo con el pago de algunos salarios (Sentencia No. 0030-04-2022. SSEN-00146).

 

También a Mariano García, segundo secretario de la embajada dominicana en Portugal, reconociéndolo el TSA como un funcionario de estatus simplificado, y en base al artículo 60 de la ley 41-08 de Función Pública ordena el pago de un salario por cada año que duró en el servicio, pero no ordena su reposición. (Sentencia No. 0030-1642- 2021-SSEN-00574).

 

En cada caso, tanto los demandantes como los demandados, disponen de 15 días para recurrir en “revisión”, por ante este mismo Tribunal y 30 días para recurrir en Casación ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ).

 

Por su parte, Tejada, ex consultor jurídico del consulado de RD en NY, ha señalado como buen precedente el que se haga justicia con los desvinculados del servicio exterior, y que ha sometido 30 casos similares, muchos se han ventilado en diferentes Cámaras y algunos han sido declinados.

El abogado es un experto en reclamos laborales, inmigración, demandas en particiones de herencia, accidentes vehiculares e inversiones inmobiliarias -compras y ventas de propiedades, entre otros casos, con bufete en la calle Pina #107, esquina Beller, Suite #201, Ciudad Nueva, con E-Mail: tejadatamayo@gmail.com y teléfonos 809-692-5107 y 849-360-7614.

El artículo 139 de la Constitución de la RD establece que los Tribunales son los encargados de controlar la legalidad en los actos de la Administración Pública, y al TSA ser un órgano jurisdiccional miembro del Poder Judicial del país es parte del Estado Dominicano, por lo cual es su deber velar por la protección efectiva de los derechos de la persona.NUEVA YORK.- En un período de cinco meses el Tribunal Superior Administrativo (TSA) ha evacuado múltiples sentencias, respondiendo entre otras, varias demandas de exfuncionarios desvinculados del servicio exterior, muchos de ellos prestando servicios en el consulado dominicano en esta ciudad.

Así lo manifestó el abogado Tamayo Tejada durante una entrevista telefónica, declarando que entre los recién reintegrados figuran los ex vicecónsules en NY, Rafael Rodríguez (Sentencia No. 0030-1642-2022-SSEN-00119; Víctor Acosta (Sentencia No. 0030-1642-2022. SSEN-00056); y David Cordero (Sentencia No. 0030-1647-2021-SSEN-00426).

 

A todos deben pagarles los sueldos atrasados desde su desvinculación, el doble de navidad, vacaciones, y ponerlo en su misma función o una similar a la que tenía, entre otros beneficios.

 

Asimismo, los casos de los también vicecónsules en NY Jeovanny Rodríguez (Sentencia No. 0030-02-2022. SSEN-00082); Nelson M. Pimentel, José Jiménez Reyes (Sentencia No. 0030-1645-2022. SSEN-00042) e Hilario Taveras Díaz (Sentencia No. 0030-2021-CA-00053); fueron inadmisibles por tardío. A este último le concedieron el pago de salarios atrasados.

 

Mientras que Arismendy González fue reintegrado como segundo secretario de la embajada de Guatemala (Sentencia No. 030-1643-2021-SSEN-00664) con todos los beneficios; y a Miguel Suriel, como Primer Secretario de la embajada dominicana en Costa Rica, solo con el pago de algunos salarios (Sentencia No. 0030-04-2022. SSEN-00146).

 

También a Mariano García, segundo secretario de la embajada dominicana en Portugal, reconociéndolo el TSA como un funcionario de estatus simplificado, y en base al artículo 60 de la ley 41-08 de Función Pública ordena el pago de un salario por cada año que duró en el servicio, pero no ordena su reposición. (Sentencia No. 0030-1642- 2021-SSEN-00574).

 

En cada caso, tanto los demandantes como los demandados, disponen de 15 días para recurrir en “revisión”, por ante este mismo Tribunal y 30 días para recurrir en Casación ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ).

 

Por su parte, Tejada, ex consultor jurídico del consulado de RD en NY, ha señalado como buen precedente el que se haga justicia con los desvinculados del servicio exterior, y que ha sometido 30 casos similares, muchos se han ventilado en diferentes Cámaras y algunos han sido declinados.

El abogado es un experto en reclamos laborales, inmigración, demandas en particiones de herencia, accidentes vehiculares e inversiones inmobiliarias -compras y ventas de propiedades, entre otros casos, con bufete en la calle Pina #107, esquina Beller, Suite #201, Ciudad Nueva, con E-Mail: tejadatamayo@gmail.com y teléfonos 809-692-5107 y 849-360-7614.

El artículo 139 de la Constitución de la RD establece que los Tribunales son los encargados de controlar la legalidad en los actos de la Administración Pública, y al TSA ser un órgano jurisdiccional miembro del Poder Judicial del país es parte del Estado Dominicano, por lo cual es su deber velar por la protección efectiva de los derechos de la persona.NUEVA YORK.- En un período de cinco meses el Tribunal Superior Administrativo (TSA) ha evacuado múltiples sentencias, respondiendo entre otras, varias demandas de exfuncionarios desvinculados del servicio exterior, muchos de ellos prestando servicios en el consulado dominicano en esta ciudad.

Así lo manifestó el abogado Tamayo Tejada durante una entrevista telefónica, declarando que entre los recién reintegrados figuran los ex vicecónsules en NY, Rafael Rodríguez (Sentencia No. 0030-1642-2022-SSEN-00119; Víctor Acosta (Sentencia No. 0030-1642-2022. SSEN-00056); y David Cordero (Sentencia No. 0030-1647-2021-SSEN-00426).

 

A todos deben pagarles los sueldos atrasados desde su desvinculación, el doble de navidad, vacaciones, y ponerlo en su misma función o una similar a la que tenía, entre otros beneficios.

 

Asimismo, los casos de los también vicecónsules en NY Jeovanny Rodríguez (Sentencia No. 0030-02-2022. SSEN-00082); Nelson M. Pimentel, José Jiménez Reyes (Sentencia No. 0030-1645-2022. SSEN-00042) e Hilario Taveras Díaz (Sentencia No. 0030-2021-CA-00053); fueron inadmisibles por tardío. A este último le concedieron el pago de salarios atrasados.

 

Mientras que Arismendy González fue reintegrado como segundo secretario de la embajada de Guatemala (Sentencia No. 030-1643-2021-SSEN-00664) con todos los beneficios; y a Miguel Suriel, como Primer Secretario de la embajada dominicana en Costa Rica, solo con el pago de algunos salarios (Sentencia No. 0030-04-2022. SSEN-00146).

 

También a Mariano García, segundo secretario de la embajada dominicana en Portugal, reconociéndolo el TSA como un funcionario de estatus simplificado, y en base al artículo 60 de la ley 41-08 de Función Pública ordena el pago de un salario por cada año que duró en el servicio, pero no ordena su reposición. (Sentencia No. 0030-1642- 2021-SSEN-00574).

 

En cada caso, tanto los demandantes como los demandados, disponen de 15 días para recurrir en “revisión”, por ante este mismo Tribunal y 30 días para recurrir en Casación ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ).

 

Por su parte, Tejada, ex consultor jurídico del consulado de RD en NY, ha señalado como buen precedente el que se haga justicia con los desvinculados del servicio exterior, y que ha sometido 30 casos similares, muchos se han ventilado en diferentes Cámaras y algunos han sido declinados.

El abogado es un experto en reclamos laborales, inmigración, demandas en particiones de herencia, accidentes vehiculares e inversiones inmobiliarias -compras y ventas de propiedades, entre otros casos, con bufete en la calle Pina #107, esquina Beller, Suite #201, Ciudad Nueva, con E-Mail: tejadatamayo@gmail.com y teléfonos 809-692-5107 y 849-360-7614.

El artículo 139 de la Constitución de la RD establece que los Tribunales son los encargados de controlar la legalidad en los actos de la Administración Pública, y al TSA ser un órgano jurisdiccional miembro del Poder Judicial del país es parte del Estado Dominicano, por lo cual es su deber velar por la protección efectiva de los derechos de la persona.

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TSA dispone reponer más funcionarios desvinculados del servicio exterior
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