Por Eugenio Ortiz Soto La Junta Central Electoral debe tener muy presente esto: Artículo 6. Supremacía de la Constitución: Toda...
Por Eugenio Ortiz Soto
La Junta Central Electoral debe tener muy presente esto:
Artículo 6. Supremacía de la Constitución: Todas las personas y los órganos que ejercen potestades públicas están sujetas a la constitución norma suprema y fundamental del ordenamiento jurídico del Estado. Son nulos de pleno derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o actos contrarios a esta Constitución (Cita Constitución Dominicana).
Tiene razón el Partido Revolucionario Moderno (PRM). La elección de senadores y diputados no puede ser mediante una única boleta (de arrastre), si no también mediante boletas de candidaturas separadas.
Dicho de otro modo: un votante al votar no puede arrastrar con su voto por un diputado, al senador por el cual no votó (la practica electoral hoy día en República Dominicana es que, al votar por el diputado de un partido, automáticamente arrastramos al candidato a senador de dicho partido). Esta práctica, hoy día, resulta inconstitucional. ¿Por qué? Porque el voto de arrastre es un modo de votación indirecto y la Constitución de la Republica Dominicana establece el voto directo, para la elección de los y las legisladores en su artículo 77 (entiéndase senadores y diputados), veamos:
Artículo 77. Elección de las y los legisladores: La elección de senadores y diputados se hace por sufragio universal directo en los términos que establezca la ley (Cita Constitución Dominicana).
Además, al definir el ejercicio del sufragio, la Constitución establece:
Artículo 208. Ejercicio del sufragio: …el voto es personal, libre. directo y secreto (Cita Constitución Dominicana).
Mas claro de ahí no canta un gallo. El tiro a la inconstitucionalidad del voto de arrastre está dado. El articulo 72 de la constitución establece que son nulos los actos que subviertan el orden constitucional
A quienes prefieran el voto de arrastre le decimos que es inconstitucional, estúpidos*.
*El pueblo dominicano es sumamente inteligente. Estúpidos serán en todo caso quienes desde el poder intentan hacernos creer que el voto de arrastre no es inconstitucional. La Junta Central Electoral (JCE), no debe caer en esa estupidez. Advertidos están de esa inconstitucionalidad.